2017-10-15 | 22:45 Con los niños, NO
“Las visitas de los menores a la cárceles para ver a familiares deben cumplir con la Ley 26.061”
Rita García, representante de Infancia Robada en Campana, habló sobre el confuso hecho ocurrido en la cárcel local, donde según denunciaron una menor de siete años habría sido abusada por un interno.
  • “Las visitas de los menores a la cárceles para ver a familiares deben cumplir con la Ley 26.061”

    Rita García, coordinadora del " Foro Infancia Robada Campana”.

Se difundió en diferentes medios que durante una visita a la cárcel de Campana, una nena de 7 años habría sido violada por el novio de su madre, un interno del Pabellón 3 en la Unidad Penitenciaria N° 21. No obstante, la mujer aclaró que su hija fue víctima de abuso por parte del padre biológico, fuera del penal.

No obstante, la ONG Infancia Robada Campana repudió el aberrante hecho y solicitó a todos las autoridades locales y provinciales “cumplan con la Ley Nacional 26.061 y que los menores de 16 años no entren a la cárcel a visitar a las parejas, novios o padres” señaló la referente local, Rita García.

La coordinadora del " Foro Infancia Robada Campana” expresó que “no es la primera vez que ocurren este tipo de abusos y además no solo suceden en los vínculos intrafamiliares sino que en el mismo ingreso al penal los niños son revisados y manoseados por parte de quienes controlan las entradas. Si las autoridades no revisan estos protocolos, seguirán sirviendo a los menores en bandeja para que sean víctimas de dichas degradaciones”.

Además, solicitó a las Secretarias de Derechos Humanos, Desarrollo Social, Salud Mental, Salud Hospitalaria, Secretaria de Educación, Concejales, Bloque de Concejales, Honorable Concejo Deliberante, Seguridad, Servicio Local, Servicio Local, Juez, Fiscales, Colegios de abogados “que intervengan lo más urgente posible. La Ley Nacional 26. 061, Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes establece la responsabilidad de los Organismos del Estado de mantener siempre presente el interés superior de las personas sujetos de esta ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen. Toda acción u omisión que se oponga a este principio constituye un acto contrario a los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes. Queremos una rápida respuesta” concluyó.

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